Declaratio
Queridísimos hermanos,
Os he convocado a este Consistorio, no sólo para
las tres causas de canonización, sino también para comunicaros una decisión de
gran importancia para la vida de la Iglesia. Después de haber examinado ante
Dios reiteradamente mi conciencia, he llegado a la certeza de que, por la edad
avanzada, ya no tengo fuerzas para ejercer adecuadamente el ministerio petrino.
Soy muy consciente de que este ministerio, por su
naturaleza espiritual, debe ser llevado a cabo no únicamente con obras y
palabras, sino también y en no menor grado sufriendo y rezando. Sin embargo, en
el mundo de hoy, sujeto a rápidas transformaciones y sacudido por cuestiones de
gran relieve para la vida de la fe, para gobernar la barca de san Pedro y
anunciar el Evangelio, es necesario también el vigor tanto del cuerpo como del
espíritu, vigor que, en los últimos meses, ha disminuido en mí de tal forma que
he de reconocer mi incapacidad para ejercer bien el ministerio que me fue
encomendado.
Por esto,
siendo muy consciente de la seriedad de este acto, con plena libertad, declaro
que renuncio al ministerio de Obispo de Roma, Sucesor de San Pedro, que me fue
confiado por medio de los Cardenales el 19 de abril de 2005, de forma que,
desde el 28 de febrero de 2013, a las 20.00 horas, la sede de Roma, la sede de
San Pedro, quedará vacante y deberá ser convocado, por medio de quien tiene
competencias, el cónclave para la elección del nuevo Sumo Pontífice.
Queridísimos hermanos, os doy las gracias de
corazón por todo el amor y el trabajo con que habéis llevado junto a mí el peso
de mi ministerio, y pido perdón por todos mis defectos.
Ahora, confiamos la
Iglesia al cuidado de su Sumo Pastor, Nuestro Señor Jesucristo, y suplicamos a
María, su Santa Madre, que asista con su materna bondad a los Padres Cardenales
al elegir el nuevo Sumo Pontífice. Por lo que a mi respecta, también en el
futuro, quisiera servir de todo corazón a la Santa Iglesia de Dios con una vida
dedicada a la plegaria.
Vaticano, 10 de febrero 2013.
BENEDICTUS
PP XVI
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