Las relaciones entre la Iglesia
y el Estado en España
Por
José Barros Guede
Las
relaciones entre la Iglesia católica y el Estado fueron confesionales-católicas
en la España visigoda, en los reinos de la Reconquista española, en la
España de los Reyes Católicos, en la de los Austrias, en la de los Borbones, en
las Constituciones primera (1812), cuarta (1845) y sexta (1876) del siglo XIX y
en el Régimen del general Franco.
Fueron
laicistas en las Constituciones segunda (1834), tercera (1837), quinta (1869)
del siglo XIX y séptima (1931) del siglo XX, siendo esta última, la de la segunda
República, la más hostil y agresiva contra la Iglesia católica.
La
novena y actual Constitución de 1978 ni es confesional católica, ni tampoco
laicista, sino que es simplemente laica, al establecer: “Ninguna confesión
tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias
religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes
relaciones de cooperación con la Iglesia católica y demás confesiones”
(Art. 27, p. 2 y 3).
Con
arreglo de esta Constitución, el 3 de enero de 1979, el Estado Español y la
Santa Sede firmaron cuatro acuerdos sobre Asuntos Jurídicos, Asuntos Económicos,
Enseñanza y Asuntos Culturales, y la Asistencia Religiosa a las Fuerzas
Armadas y el Servicio Militar de Clérigos y Religiosos, siendo ratificados
el 4 de diciembre de este mismo de 1979 por las Cortes Españolas
(Congreso y Senado) y por la Santa Sede.
Dichos
Acuerdos tienen el valor de derecho internacional entre ambas partes y forman
parte de su derecho interno que los Gobiernos deben respetar. Si el PSOE quiere
denunciarlos, como manifiesta, necesita la autorización mayoritaria absoluta
del Congreso y del Senado.
Las
primeras democracias, americana, inglesa, francesa y española están basadas en
los valores de la fe cristiana. La separación entre Iglesia y el Estado
es un legado del Cristianismo en su lucha por su libertad frente al poder del
Imperio Romano.
El
periodista judío Franz Oppenheimer escribe: “Las democracias deben su origen al
mundo cristiano de Occidente, porque si bien, las ideas democráticas proceden
de Grecia, fueron transmitidas por la cultura judeo-cristiana”.
Desde
la Edad Media, las constituciones de los monasterios para nombrar abad, las de
los canónigos para elegir deán y las de las órdenes y congregaciones religiosas
católicas para nombrar sus superiores ordenan el gobierno de sus miembros
por medio de votaciones y elecciones democráticas.
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