19 de julio de 2012

CUBA EXPLICA NUEVAS TASAS ADUANERAS A IMPORTACIONES


 
Cuba explica nuevas tasas aduaneras a importaciones

LA HABANA, Cuba, 17 de julio (Agencias, www.cubanet.org) – Cuba aplicará nuevas tasas aduaneras a las importaciones de los viajeros y a los envíos de paquetes que llegan a la isla a partir del 2 de agosto, con el fin de regular el pago de los aranceles de artículos sin fines comerciales, informó la prensa local según reportes de la agencia Efe.


La resolución 223/2012, que entrará en vigor a partir del próximo 2 de agosto, eximirá de pago de aranceles a quienes en cada viaje importen productos por un valor total de hasta 50.99 pesos cubanos (equivalentes a 50.99 dólares), según explicaron directivos de la Aduana General de la República de la isla.

Los pasajeros que importen artículos cuyo valor exceda los 50.99 pesos cubanos deberán pagar un gravamen, a razón de 10 pesos cubanos por cada kilogramo de peso adicional, si se trata de cubanos y extranjeros residentes en el país, dijo la Agencia de Información Nacional (AIN, oficial).

Pero a partir de la segunda, el cálculo de los aranceles a pagar se realizará en pesos cubanos convertibles (CUC, moneda fuerte) y se aportarán en CUP (pesos moneda nacional) de acuerdo con la tasa de cambio vigente en la isla.

Los viajeros extranjeros y los cubanos residentes en el exterior pagarán el impuesto en CUC, según la legislación.

Uno de los contenidos principales de la disposición es una tabla que determina el peso del envío y su valor, más el valor gravado y los derechos a pagar, y la cual puede consultarse en el número extraordinario de la Gaceta Oficial de la República de Cuba del dos de julio del 2012, o en la página web de la Aduana.

Otra controversial medida, que comenzará a aplicarse a partir del próximo 3 de septiembre, es el cobro de aranceles a los artículos que clasifican como “miscelánea”, cuyos envíos se realicen a la isla por vía aérea, marítima, postal y de mensajería.

Como miscelánea se catalogan el calzado, las confecciones, los alimentos, los artículos de aseo personal y del hogar, bisutería, lencería, perfumes y cosméticos, aunque la disposición exime de los impuestos a las personas que reciban paquetes de hasta tres kilogramos.

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